BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO GANÁ $20.000.000

BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO PROMOCIONAL

“Con La Providencia, participá por $20.000.000 y viví la pasión del fútbol como nunca”

Bases y condiciones 

CLÁUSULA 1 – ORGANIZADOR Y ACEPTACIÓN
1.1. El presente concurso promocional denominado “Con La Providencia, participá por $20.000.000 y viví la pasión del fútbol como nunca” (en adelante, el “Concurso”) es organizado por COMPLEJO ALIMENTICIO SAN SALVADOR S.A. (CUIT 30-71182832-6), con domicilio legal en Ruta Provincial 302 km 14, Colombres, Provincia de Tucumán, República Argentina (en adelante, el “Organizador”).
1.2. La participación en el presente Concurso implica el pleno conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones, como así también de los procedimientos, sistemas y mecanismos establecidos por el Organizador para su desarrollo, de conformidad con lo dispuesto por el DNU 274/2019, el Decreto 961/2017, la Resolución SICyM 89/98, la Resolución 446/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio, la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y toda otra norma aplicable.
1.3. Las presentes Bases y Condiciones se encuentran disponibles para su consulta en la página web del Organizador: https://saboreslaprovidencia.com.ar/ y podrán consultarse también llamando a la línea telefónica (54) 381 4842800 en días hábiles de 9:00 a 17:00 horas.
CLÁUSULA 2 – VIGENCIA Y ÁMBITO TERRITORIAL
2.1. El Concurso tendrá vigencia desde las 15:00 horas del día 9 de mayo de 2026 hasta las 15:00 horas del día 19 de junio de 2026 (en adelante, el “Período de Vigencia”).
2.2. El Concurso tendrá validez en todo el territorio de la República Argentina, exclusivamente en las provincias donde el Organizador cuente con puntos de venta con productos de la marca “La Providencia”.
2.3. No serán válidas las participaciones recibidas fuera del Período de Vigencia ni las provenientes de fuera del ámbito territorial indicado.
CLÁUSULA 3 – REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
3.1. Podrán participar del Concurso todas las personas humanas, mayores de dieciocho (18) años de edad al momento de la participación, que residan en el territorio de validez del Concurso definido en la Cláusula 2.2.
3.2. No podrán participar: (a) los empleados, directores, socios, apoderados y representantes del Organizador y de las empresas vinculadas a la organización del Concurso; (b) los cónyuges, convivientes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de las personas mencionadas en el inciso anterior; (c) los menores de dieciocho (18) años de edad.
3.3. El Organizador se reserva el derecho de solicitar documentación que acredite la identidad y la edad del participante en cualquier momento del Concurso y, especialmente, con anterioridad a la entrega del premio.
CLÁUSULA 4 – PRODUCTOS PARTICIPANTES
4.1. Participan del presente Concurso los siguientes productos de la marca “La Providencia”: (a) Línea de Galletitas Dulces La Providencia; (b) Línea de Galletitas Cracker y Galletitas tipo Salvado La Providencia; (c) Línea de Pastas La Providencia; (d) Línea de Bizcochos Salados La Providencia (en adelante, los “Productos Participantes”).
CLÁUSULA 5 – MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
5.1. Participación mediante compra de Productos Participantes (vía principal):
Quienes deseen participar mediante la adquisición de Productos Participantes deberán: (a) Adquirir uno o más Productos Participantes en cualquier punto de venta habilitado; (b) Ingresar a la página web del Organizador(https://saboreslaprovidencia.com.ar/) y registrar el número de lote que figura en el envase del producto adquirido, completando el formulario de participación con sus datos personales; (c) Seguir la cuenta oficial del Organizador en Instagram (@sabores.providencia); (d) Cada número de lote válido registrado otorgará una (1) participación en el sorteo.
5.2. Participación sin obligación de compra (vía alternativa gratuita) – SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA:
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 del DNU 274/2019, el Decreto N° 961/2017 y la Resolución SICyM N° 89/98, quienes deseen participar sin adquirir Productos Participantes podrán hacerlo mediante el siguiente mecanismo alternativo gratuito:
(a) Enviar un correo electrónico a la dirección [sorteo@saboreslaprovidencia.com.ar] con el asunto “PARTICIPACIÓN GRATUITA”, indicando en el cuerpo del mensaje: nombre completo, número de DNI, fecha de nacimiento, domicilio completo, código postal, teléfono de contacto y correo electrónico; O BIEN
(b) Enviar una carta con los mismos datos personales indicados en el inciso anterior a la dirección postal del Organizador: Complejo Alimenticio San Salvador S.A. – Concurso La Providencia, Ruta Provincial 302 km 14, Colombres, Provincia de Tucumán (CP 4105), República Argentina. La carta deberá ser recibida dentro del Período de Vigencia. Adjuntando además un dibujo a mano alzada de tu producto La Providencia favorito.
(c) Cada persona interesada podra participar por vía alternativa gratuita registrando una (1) participación el sorteo, con las mismas probabilidades de acceder al premio que quienes participen mediante la compra de Productos Participantes.
(d) Se admitirá una (1) participación gratuita por persona por día durante todo el Período de Vigencia.
(e) El Organizador conservará registro fehaciente de todas las participaciones recibidas por vía alternativa gratuita durante un plazo mínimo de tres (3) años, conforme lo exigido por la Resolución SICyM N° 89/98.
5.3. Requisitos comunes a ambas vías de participación:
(a) Ser seguidor de la cuenta oficial del Organizador en Instagram (@sabores.providencia) al momento del sorteo; (b) Haber proporcionado datos personales completos y verídicos; (c) Cumplir con los requisitos de participación establecidos en la Cláusula 3.
CLÁUSULA 6 – SELECCIÓN DEL GANADOR
6.1. El Organizador realizará el sorteo el día 19 de junio de 2026 a partir de las 13:00 horas, entre todas las participaciones válidas recibidas durante el Período de Vigencia.
6.2. El sorteo se realizará mediante una aplicación o plataforma de sorteos en línea, elegida a criterio del Organizador, que garantice la aleatoriedad y transparencia del proceso. El procedimiento será documentado íntegramente mediante grabación en video y acta notarial o acta de constatación suscripta por el Organizador y al menos dos (2) testigos hábiles.
6.3. Se seleccionará un (1) participante ganador titular del premio y tres (3) participantes suplentes, en orden de prelación, para el supuesto de que no pudiera establecerse contacto con el titular o este no cumpliera con los requisitos establecidos en las presentes Bases.
6.4. Los resultados del sorteo se comunicarán mediante: (a) publicación en las cuentas oficiales del Organizador en Instagram y Facebook el mismo día del sorteo; (b) publicación en la página web del Organizador (https://saboreslaprovidencia.com.ar/).
CLÁUSULA 7 – COMUNICACIÓN Y VALIDACIÓN DEL GANADOR
7.1. El participante cuya participación resulte seleccionada deberá comunicarse con el Organizador dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de efectuada la comunicación del resultado, enviando un mensaje privado desde su cuenta de red social a la cuenta oficial del Organizador en Instagram o Facebook, con los
siguientes datos: nombre completo, número de DNI, fecha de nacimiento, domicilio completo, código postal, teléfono de contacto y correo electrónico.
7.2. En caso de que el participante titular no se comunicara dentro del plazo indicado, se procederá a contactar al primer suplente, quien dispondrá del mismo plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles. Idéntico procedimiento se aplicará sucesivamente con los demás suplentes.
7.3. Si ninguno de los suplentes se comunicara dentro de los plazos establecidos, el premio quedará vacante y en poder del Organizador, quien podrá disponer del mismo en la forma que estime conveniente.
7.4. No se recibirán datos personales por medios distintos a los establecidos en la presente cláusula. La comunicación deberá realizarse exclusivamente desde la cuenta de red social del participante.
CLÁUSULA 8 – PREMIO
8.1. El premio del Concurso consiste en la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000) en moneda de curso legal en la República Argentina (en adelante, el “Premio”).
8.2. El Premio es único, personal e intransferible. No podrá ser dividido, fraccionado, canjeado por otros bienes o servicios, ni cedido a terceros bajo ninguna circunstancia.
8.3. El Premio se abonará al ganador mediante transferencia bancaria a la cuenta que este indique, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la verificación y validación de los datos personales informados por el participante. El ganador deberá proporcionar una cuenta bancaria a su nombre en una entidad financiera habilitada por el Banco Central de la República Argentina.
CLÁUSULA 9 – ASPECTOS FISCALES Y TRIBUTARIOS
9.1. El Organizador informará y declarará el premio ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP/ARCA) en los términos que corresponda conforme a la legislación tributaria vigente.
9.2. Las obligaciones tributarias que se generen con motivo de la percepción del Premio (incluyendo, sin limitación, Impuesto a las Ganancias, Impuesto sobre los Bienes Personales, Ingresos Brutos y cualquier otro tributo nacional, provincial o municipal aplicable) estarán a exclusivo cargo del ganador, salvo disposición legal en contrario que imponga la obligación de retención al Organizador, en cuyo caso el Organizador practicará la retención correspondiente y la depositará en los términos legales.
9.3. El Organizador no garantiza ni asesora sobre el tratamiento fiscal del Premio. Se recomienda al ganador consultar con un profesional en materia tributaria.
CLÁUSULA 10 – ENTREGA DEL PREMIO
10.1. La entrega del Premio se realizará dentro de los quince (15) días hábiles contados desde la fecha de verificación de los datos informados por el participante.
10.2. El ganador deberá exhibir su DNI vigente y suscribir el correspondiente recibo de entrega del Premio. La firma del recibo constituirá constancia suficiente de la recepción conforme del Premio.
10.3. Forma de pago: se efectivizara, mediante cheque o transferencia a la orden a nombre del titular del premio. Todo otro gasto en que incurra el ganador con motivo o en ocasión de la percepción o utilización del Premio será a su exclusivo cargo.
CLÁUSULA 11 – PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
11.1. El Organizador, en su carácter de responsable del tratamiento, recolecta y trata los datos personales de los participantes con la exclusiva finalidad de administrar el presente Concurso, contactar al ganador, efectuar la entrega del Premio y cumplir con las obligaciones legales derivadas del mismo, de conformidad con la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales y su Decreto Reglamentario 1558/2001.
11.2. Los datos personales no serán cedidos ni transferidos a terceros sin consentimiento previo del titular, excepto cuando medie requerimiento judicial o de autoridad pública competente.
11.3. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión de sus datos en forma gratuita, comunicándose al teléfono (54) 381 4842800 o al correo electrónico [datos@saboreslaprovidencia.com.ar].
11.4. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP), órgano de control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
11.5. El participante proporciona su información directamente al Organizador y no a Meta Platforms, Inc. (Facebook/Instagram) ni a ninguna otra plataforma de redes sociales.
CLÁUSULA 12 – DESCALIFICACIÓN
12.1. El Organizador se reserva el derecho de descalificar a cualquier participante que: (a) participe siguiendo un procedimiento distinto al establecido en las presentes Bases; (b) emplee herramientas, mecanismos o dispositivos de cualquier índole que permitan alterar, modificar o adulterar los sistemas de participación; (c) suplante la identidad de otra persona; (d) utilice medios robóticos, automatizados o cualquier sistema de participación masiva; (e) proporcione datos personales falsos o inexactos; (f) transmita contenidos ilegales, dañosos, amenazantes, abusivos, injuriosos, difamatorios, vulgares, obscenos o discriminatorios; (g) viole las presentes Bases y Condiciones por cualquier medio o forma.
12.2. La descalificación importará la pérdida automática de todo derecho al Premio que le hubiera correspondido al participante descalificado.
CLÁUSULA 13 – LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
13.1. El Organizador no será responsable por: (a) daños o perjuicios de cualquier naturaleza que pudieran sufrir los participantes o terceros en sus personas o bienes, debido a o en ocasión de la participación en el Concurso o de la utilización del Premio; (b) fallas técnicas, interrupciones, caídas o indisponibilidad de las plataformas digitales, redes sociales, servidores, líneas de comunicación o servicios de internet que impidan o dificulten la participación; (c) errores en la carga de datos por parte de los participantes; (d) demoras en la entrega del Premio atribuibles a terceros, servicios postales o entidades bancarias.
13.2. La participación en el Concurso no genera vínculo laboral, societario, asociativo ni de ninguna otra naturaleza entre el participante y el Organizador.
CLÁUSULA 14 – DESLINDE RESPECTO DE META PLATFORMS (FACEBOOK/INSTAGRAM)
14.1. El presente Concurso no es patrocinado, avalado, administrado ni asociado de modo alguno a Meta Platforms, Inc. ni a ninguna de sus subsidiarias o afiliadas, incluyendo Facebook e Instagram.
14.2. Los participantes eximen de toda responsabilidad a Meta Platforms, Inc., Facebook e Instagram en relación con el presente Concurso.
14.3. Toda la información proporcionada por los participantes es entregada al Organizador y no a Meta Platforms, Inc. ni a ninguna plataforma de redes sociales.
CLÁUSULA 15 – DERECHOS DE IMAGEN Y CONTENIDOS
15.1. El ganador autoriza expresamente al Organizador a difundir su nombre (nombre y apellido, sin datos sensibles) en los medios y formas que el Organizador considere convenientes para la publicidad del Concurso y sus resultados, sin derecho a compensación adicional, por un plazo máximo de doce (12) meses desde la fecha de entrega del Premio.
15.2. Los participantes ceden al Organizador, en forma gratuita y por el plazo de un (1) año, el derecho de reproducción y adaptación de los contenidos que envíen a efectos de su participación. Declaran que dichos
contenidos corresponden a creaciones propias o que cuentan con la autorización necesaria de los terceros involucrados.
15.3. Los participantes se obligan a mantener indemne al Organizador frente a cualquier reclamo de terceros fundado en la violación de derechos de propiedad intelectual.
CLÁUSULA 16 – FUERZA MAYOR, SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN
16.1. El Organizador se reserva el derecho de suspender, modificar, prorrogar o cancelar el presente Concurso, en forma total o parcial, cuando medien circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito, disposiciones legales o administrativas, órdenes judiciales, razones de seguridad pública, o cualquier otra circunstancia ajena a la voluntad del Organizador que impida o dificulte significativamente la realización normal del Concurso.
16.2. Cualquier modificación será comunicada a los participantes a través de los mismos medios utilizados para la difusión del Concurso y publicada en la página web del Organizador.
16.3. En caso de cancelación definitiva antes de la realización del sorteo, ningún participante tendrá derecho a reclamo o indemnización alguna frente al Organizador.
CLÁUSULA 17 – PUBLICIDAD OBLIGATORIA
17.1. Toda pieza publicitaria del presente Concurso deberá incluir, en cumplimiento del Decreto N° 961/2017 y la Resolución 446/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio: (a) la expresión “SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA” en forma visible y destacada; (b) la fecha de inicio y finalización del Concurso; (c) la leyenda “PARA MÁS INFORMACIÓN O LIMITACIONES APLICABLES CONSULTE EN https://saboreslaprovidencia.com.ar/ o al teléfono (54) 381 4842800”.
17.2. En medios gráficos, la leyenda deberá ocupar la totalidad del ancho inferior del anuncio, con una altura mínima del 5% del total de la altura del aviso, con tipografía de al menos 4 mm de altura, en negrita y con contraste suficiente.
17.3. En medios audiovisuales o digitales, la leyenda deberá permanecer en pantalla durante un mínimo de cinco (5) segundos continuos.
CLÁUSULA 18 – PREMIO VACANTE
18.1. El Premio se considerará vacante cuando: (a) hayan transcurrido los plazos previstos en la Cláusula 7 sin que el titular ni los suplentes se hayan comunicado; (b) el ganador o suplentes no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases; (c) el ganador o suplentes resulten descalificados conforme a la Cláusula 12; (d) se verifique que el ganador o suplentes hayan proporcionado información falsa o inexacta.
18.2. En cualquiera de dichos supuestos, el Premio quedará en poder del Organizador, quien podrá disponer del mismo en la forma que estime conveniente, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los participantes.
CLÁUSULA 19 – JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
19.1. Las presentes Bases y Condiciones se rigen por las leyes de la República Argentina.
19.2. Para cualquier controversia que pudiera surgir con relación al presente Concurso, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios competentes de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, sin perjuicio de los derechos que asisten a los consumidores conforme al artículo 36 de la Ley N° 24.240.
CLÁUSULA 20 – DISPOSICIONES GENERALES
20.1. La participación en el presente Concurso no implica obligación de compra de ningún producto o contratación de ningún servicio.
20.2. El hecho de que el Organizador no ejerza o demore en ejercer cualquier derecho previsto en las presentes Bases no constituirá renuncia al mismo.
20.3. Si alguna disposición de las presentes Bases fuera declarada nula, inválida o inaplicable por autoridad competente, dicha nulidad, invalidez o inaplicabilidad no afectará a las restantes disposiciones, que mantendrán plena vigencia y eficacia.
20.4. Las presentes Bases y Condiciones podrán consultarse en https://saboreslaprovidencia.com.ar/ durante todo el Período de Vigencia y hasta noventa (90) días después de finalizado el mismo.
20.5. Para consultas: teléfono (54) 381 4842800 en días hábiles de 9:00 a 17:00 horas.

$20.000.000

@sabores.providencia